Declara SCJN inconstitucional el uso de etanol

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el uso de etanol como oxigenante de gasolinas hasta en 10 por ciento, ya que resulta contrario al derecho humano a un medio ambiente sano.

El poder judicial consideró que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) modificó “unilateralmente” la norma oficial mexicana “NOM-016-CRE-2016” para incrementar el porcentaje máximo de etanol en los combustibles regular y premium de 5.8 a 10 por ciento, publicada en junio de 2017 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La determinación cobra plena aplicación el llamado ‘principio de precaución ambiental’, el cual obliga a que se lleve a cabo una evaluación con la mayor información científica posible, respecto a los potenciales daños que el incremento de etanol para esos fines podría generar en el medio ambiente.

De acuerdo con Forbes México, el poder judicial también mencionó que los beneficios “puramente económicos” al aumentar el porcentaje del alcohol etílico derivado del sorgo, maíz o caña de azúcar deben ser confrontados contra los potenciales riesgos para el medio ambiente y las obligaciones estatales para reducir las emisiones contaminantes derivadas de los gases de efecto invernadero para combatir el calentamiento global.

 

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