Suman 36 fintech autorizadas

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) aclaró que las Fintech deben cumplir una serie de requisitos pues algunas están reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y otras que están bajo el amparo del octavo transitorio de la Ley Fintech y algunas que tienen un esquema mercantil.

Óscar Rosado, presidente de la Condusef, explicó que hay que tener cuidado de ver lo qué es Fintech y lo que no lo es. 

"No todos pueden utilizar el término Fintech, que está reservado de alguna forma. Y tres, se deben fijar en las letras chiquitas, esas son las condiciones. Aquí no es un tema delictivo, sino un tema de crédito de los modelos de negocio”.

Dijo que actualmente se contabilizan 22 firmas organizadas como Institución de Fondos de Pago y 14 como Instituciones de Fondeo Colectivo para sumar un total de 36 Fintech con licencia definitiva por la autoridad.

La Condusef expuso que las Instituciones de Fondo de Pago Electrónico (wallets o monederos electrónicos) solo pueden hacer lo que les está señalado en la Ley Fintech, como es la apertura de cuentas para hacer transferencias o pagos y puede disponer del dinero que el usuario les entrega, ya sea en efectivo, mediante cajeros, o bien, solicitando la devolución.

Aseguró que “no tienen permitido ofrecer créditos”, ya que las Fintech no son bancos. Tampoco pueden usar en su publicidad palabras que impliquen ofrecer otros servicios distintos a los autorizados y en caso de mencionar en sus plataformas servicios que prestan terceros, deben informar claramente quién los ofrece para no generar confusión.

En el caso de las instituciones de crowdfunding recordó que su objetivo principal es contactar a dos partes por medio de una plataforma. Una persona busca fondos y el otro decide prestar dinero o invertir en proyectos específicos.

 

 

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