CNBV flexibiliza esquemas para corresponsales bancarios

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) dio a conocer modificaciones a la disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito (CUB), con el objetivo de fomentar la eficiencia y el desarrollo incluyente del sistema financiero en México.

Esta medida tiene por objetivo acercar el uso de los productos y servicios financieros ofrecidos por las distintas instituciones de crédito a más sectores de la población, bajo una regulación apropiada que proteja los intereses de los usuarios.

Además, se busca fortalecer la figura de los comisionistas, también conocidos como corresponsales bancarios, lograr incrementar los puntos de distribución de servicios financieros, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Al cierre de 2020, los comisionistas son el único punto de acceso a servicios financieros en 351 municipios del país, además de que han sido el canal de provisión de servicios financieros que más rápido ha crecido en los últimos años.

El número de corresponsales es casi tres veces mayor que el número de sucursales en el país (46 mil corresponsales vs. 16 mil sucursales) y sólo ligeramente inferior al número de cajeros automáticos (59 mil),  y más de 100 mil cuentas se abren en corresponsales cada mes.

Entre los principales cambios en la regulación se estableció un esquema de autorización basado en el riesgo de las operaciones de corresponsalía: alto, medio y bajo.

Destaca que se consideran operaciones de riesgo bajo el pago de créditos, de contribuciones o de servicios; mientras que las operaciones de riesgo medio y alto son aquellas en las que se requiere un mayor número de mecanismos de control para garantizar la protección de la información y recursos de los usuarios, como pueden ser las operaciones de retiro de efectivo, consultas de saldos o apertura de cuentas, por lo que estas últimas requerirán la autorización de la CNBV. 

Además, las instituciones de crédito deberán presentar para autorización de la CNBV un Plan Estratégico de Negocios para todas las operaciones que pretenden contratar, así como un modelo de contrato de comisión mercantil que servirá de base para todas las contrataciones que realicen.

Una vez que les haya sido autorizado el Plan Estratégico de Negocios para operar con comisionistas, las instituciones de crédito sólo deberán presentar un aviso a la CNBV para realizar operaciones de bajo riesgo, quedando sujetas a autorización, como se mencionó, sólo las operaciones de riesgo medio y alto.

Se establecen los contenidos mínimos del modelo de contrato de comisión mercantil, por ejemplo, la aceptación del comisionista para aceptar visitas de supervisión de la CNBV, realización de auditorías y cumplimiento de la regulación.

Contempla la posibilidad de que las instituciones de crédito celebren contratos de comisión mercantil con casas de empeño.

Finalmente, indica que para evitar incidentes de seguridad que conlleven la ejecución de transacciones fraudulentas, resulta de suma importancia fortalecer los aspectos de seguridad de la información en los procesos e infraestructura tecnológica de los corresponsales bancarios.

 

 

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