IMCO se pronuncia por fiscalización en tiempo real de "pre-elecciones"

El método para elegir al Coordinador de la Defensa de la Cuarta Transformación y del aspirante del Frente Amplio por México. (PRI, PAN, PRD), en la práctica los candidatos presidenciales, es una estrategia que permitió a los partidos políticos adelantar hasta cinco meses las acciones de campaña presidencial. Sin embargo, existen cuestionamientos sobre la legalidad de este proceso preelectoral por el tiempo y los recursos utilizados, advirtió el IMCO.

Por ello postuló exigir a los partidos políticos el cumplimiento de los criterios actuales para el reporte de gasto de las actividades y, que los aspirantes a la presidencia cumplan con los requerimientos del reporte del gasto para tener un registro sobre el uso de recursos públicos durante el periodo de precampañas anticipadas.

Planteó que el INE solicite que los partidos políticos cumplan con el límite de 20 días posteriores a cualquier actividad ordinaria para el registro de gastos en el sistema contable establecido en la Ley General de Partidos Políticos y modifique las prácticas de publicación del INE para que los gastos del periodo ordinario sean reportados en su página en tiempo real.

Argumentó que, por las circunstancias atípicas de las precampañas anticipadas, es pertinente fomentar la rendición de cuentas con mayor periodicidad, pues, aunque los partidos políticos deben reportar sus gastos, la información de actividades ordinarias no se refleja en tiempo real en la página del INE como sucede en las precampañas y campañas electorales.

Al permitir que esa información esté disponible al público de forma oportuna a través de canales oficiales como rendición de cuentas y resultados de fiscalización, es posible promover una mayor participación ciudadana en el monitoreo de estos recursos y favorecer la equidad en la contienda presidencial.

El Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) en un primer análisis, las elecciones internas de Morena y del Frente Amplio por México podrían ser consideradas un acto anticipado de precampaña, lo que violaría la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

Sin embargo, ante las denuncias en contra de ambas coaliciones bajo este argumento, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) consideró que estos actos se realizan como procesos internos del partido, por lo que solamente instruyó no llamar al voto, impuso restricciones en la propaganda utilizada a favor de una agenda política y exigió un control de los recursos utilizados en estas campañas.  

La resolución del INE no significa que los gastos ejercidos están exentos de fiscalización.

Las reglas electorales de gasto y fiscalización durante las precampañas anticipadas, incluye el reportar los gastos de actividades ordinarias. Todos los partidos políticos están obligados a desglosar sus gastos y tener un control de los recursos utilizados.

El Artículo 72 de la Ley General de Partidos Políticos establece que deben reportar al INE los gastos de financiamiento de actividades ordinarias, incluyendo los sueldos y salarios del personal, la propaganda institucional, campañas de consolidación democrática y el gasto en los procesos internos de selección de candidatos. 

Asimismo, publicar reportes de gasto de actividades ordinarias.

El IMCO subrayó que la fiscalización tiene como fin asegurar que los partidos políticos destinen los recursos a las actividades ordinarias o al proceso electoral.

Cabe mencionar que este reporte se hace mediante el Sistema Integral de Fiscalización, que dispone la información sobre gastos de los partidos y permite que el INE y la ciudadanía estén informadas del uso de estos recursos públicos. 

Además, en materia de fiscalización del gasto, la ley asigna la responsabilidad de la fiscalización de gastos de los partidos políticos al INE; en particular, a la Unidad Técnica de Fiscalización es la encargada de auditar documentos financieros, elaborar reglamentos para la fiscalización y vigilar el origen y uso de los recursos de los partidos. 

En ese contexto el IMCO planteó prevalece la confusión entre el proceso ordinario y electoral, existen riesgos de transparencia en el uso de los recursos públicos y garantía del piso parejo entre los candidatos y candidatas, entre ellos, el reporte y gasto de los recursos se presta a interpretación y discrecionalidad que podría afectar la equidad y competitividad de las elecciones al ampliar las diferencias y el alcance de los partidos políticos, dando ventajas a ciertos actores políticos que gasten mayores recursos. 

También es incierta la posición de las resoluciones de las autoridades electorales, luego que los acuerdos de la Comisión de Quejas y Denuncias contra Morena y el Frente Amplio por México son medidas cautelares que aún serán analizadas por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Aún más, el IMCO recalcó que las reglas de los procedimientos electorales y fiscalización de los partidos políticos son claras, pero podrían no ser suficientes. Aunque los tiempos, las actividades y el ejercicio de los recursos de los partidos políticos están establecidas en las leyes electorales, en los próximos meses los procesos internos podrían actuar por encima de estos lineamientos y debilitar el papel del órgano electoral y la integridad de las elecciones.

Inclusive, el rezago en la publicación de gastos de los partidos políticos limita la contabilidad de los recursos gastados en los próximos meses. De acuerdo con el marco legal vigente, al ser recursos públicos sujetos de fiscalización, el reporte de gasto debe ser completo y estandarizado.

Sin embargo, alertó el IMCO, los partidos deben entregar un informe anual a inicios de 2024, el cual será fiscalizado en los siguientes 60 días, por lo que el INE podría tener un rezago de casi un año en la verificación del origen y la aplicación del gasto.

 

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