En etapa de quiebra Interjet, Síndico administrará bienes

En medio de una huelga que involucra alrededor de 5 mil trabajadores que requieren del pago de 1 mil 800 millones de pesos, se declaró oficialmente la quiebra de la aerolínea Interjet , una vez vistos los autos del concurso mercantil por el Juzgado 2º de Distrito en la materia.

La decisión con base en los artículos 167 a 172, 176, 178, 180 y 291 de la Ley de Concursos Mercantiles, abre la etapa de quiebra de la aerolínea y se ordena al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles que, en cinco días, ratifique al conciliador como síndico o en caso contrario designe uno distinto.

El concurso mercantil de Interjet no fue solicitado por la aerolínea, sino por el demandante Aguilar Amilpa Abogados y la aerolínea se declaró en concurso mercantil el 29 de agosto de 2022.

En tanto se efectúa dicha ratificación, la empresa, sus administradores, gerentes y dependientes, tendrán las obligaciones que la ley atribuye a los depositarios respecto de los bienes y derechos que integran la masa.

Por ello se ordena a la aerolínea, a sus administradores, gerentes y dependientes, que entreguen al síndico la posesión y administración de los bienes y derechos que integran la masa, con excepción de los inalienables, inembargables e imprescriptibles; lo que deberá realizar de manera inmediata una vez que tenga conocimiento de la designación del citado síndico, de acuerdo con la resolución.

Asimismo, se ordena a las personas que tengan en su posesión bienes de la empresa que los entreguen al síndico; salvo los que estén afectos a ejecución de una sentencia ejecutoria para el cumplimiento de obligaciones anteriores al concurso mercantil.

La Ley de Concursos Mercantiles también prohíbe a los deudores de la comerciante, pagarle o entregarle bienes sin autorización del síndico, con apercibimiento de doble pago en caso de desobediencia.

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